Casos Civiles
Los casos civiles involucran una disputa entre dos o más partes sobre una lesión, sus derechos u obligaciones. Los casos civiles no implican enjuiciamiento por violar una ley penal.
Casos civiles
Los casos civiles implican disputas entre partes privadas más que la violación de la ley penal. Un asunto civil puede involucrar una demanda judicial en el que una parte demanda a otra para recuperar dinero o bienes, para hacer cumplir un contrato u otra obligación, para cobrar una indemnización por daños y perjuicios o para proteger un derecho civil.
Algunos ejemplos de casos civiles son las reclamaciones por lesiones personales derivadas de accidentes de automóvil, el presunto despido improcedente del empleo, los desalojos de una casa o un edificio comercial o las disputas sobre el uso de una servidumbre de paso.
Las peticiones para cambiar de nombre, cambiar el nombre de un menor y solicitar órdenes de restricción por acoso civil también son procesadas por la División Civil.
Los casos civiles generales se clasifican como "Limitados" o "Ilimitados" según el tipo de reparación solicitada o el monto en controversia:
Casos civiles limitados
Un caso civil limitado implica un reclamo por daños monetarios de menos de $25,000.00.
La mayoría de los casos de retención ilícita y cobranza de tarjetas de crédito y otros asuntos, designados como tales por los estatutos, son casos civiles limitados.
Casos civiles ilimitados
Un caso civil ilimitado implica un reclamo por daños monetarios de $25,000.00 o más. Además, la mayoría de las disputas relacionadas con bienes inmuebles, como reclamos de título o desacuerdos sobre la ubicación de los límites o servidumbres, se consideran casos ilimitados.
Disputas entre propietarios/inquilinos: retenciones ilícitas
Una retención ilícita es una acción judicial especial, presentada por un propietario, para desalojar a un inquilino.
Después de recibir la demanda, el inquilino tiene cinco (5) días para presentar una respuesta ante la corte. Si el inquilino no presenta una respuesta dentro del plazo asignado, el propietario puede obtener un fallo por falta de comparecencia contra el inquilino. Si el inquilino presenta una respuesta a la demanda, el propietario puede solicitar una fecha de juicio.
Si el propietario gana, la corte dictará un "fallo de posesión" a favor del propietario. Solo el alguacil puede hacer cumplir el fallo. El alguacil puede sacar físicamente a un inquilino de la propiedad nombrada en el fallo.
Un propietario no puede desalojar a un inquilino sin una orden de la corte. Además, es ilegal que el propietario utilice medidas de "ayuda" para lograr un desalojo. Por ejemplo, un propietario no puede cambiar las cerraduras de la propiedad o cortar los servicios públicos de la propiedad en un intento para obligar al inquilino a irse.