Adopciones
La adopción es un acuerdo legal mediante el cual los padres adoptivos se vuelven legalmente responsables del niño que adoptan y obtienen todos los derechos de paternidad legales con respecto al niño.
Tipos de adopciones
Existen varios tipos de adopciones en California:
- Adopción por agencia: la adopción de un niño, que no sea una adopción internacional, en la que el Departamento de Servicios Sociales de California o una agencia de adopción autorizada es parte o se une a la petición de adopción.
- Adopción independiente: los padres biológicos seleccionan a los padres adoptivos y colocan al niño directamente con ellos. La custodia se transfiere directamente entre los padres, en lugar de a través de una agencia.
- Adopción internacional: un niño nacido fuera de los Estados Unidos es adoptado por adultos que viven en los Estados Unidos. El procedimiento de adopción lo realiza una agencia privada.
- Adopción por padrastro o madrastra: un padrastro o madrastra solicita a la corte la adopción del hijo de su cónyuge. Una pareja de hecho que desee adoptar un hijo de su pareja de hecho también puede solicitar la adopción bajo este procedimiento.
- Adopción de adultos y menores casados: un adulto puede ser adoptado por otro adulto, incluyendo un padrastro o madrastra, y un menor casado puede ser adoptado de la misma manera que un adulto.
En la audiencia de adopción, el (los) padre(s) y el (los) niño(s) (si son mayores de 12 años) dan su consentimiento formal para convertirse en miembros legales de la misma familia. La audiencia es la etapa final para otorgar un hogar permanente a un niño. Los actos procesales de adopción son informales; los familiares y amigos pueden moverse por la sala de la corte para ver los actos procesales y se pueden tomar fotografías.
Al finalizar el procedimiento legal, se emite un nuevo certificado de nacimiento para el niño.